Fachada institucional con columnas clásicas
Aseguramiento de IA — Sector Público

Aseguramiento de IA para Administraciones Públicas y sus proveedores

En el sector público la IA no se desarrolla, se compra. La cadena de suministro distribuye obligaciones: el proveedor entrega documentación técnica y marcado CE (Art. 16), el integrador firma conformidad (Art. 24) y la Administración Pública, como desplegador (Art. 26), realiza el análisis de impacto en derechos fundamentales y monitoriza el uso. Llevar la conformidad a una sola plataforma evita reconstruir la documentación frente a cada licitación.

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Lo que vivimos en este sector

Inventario disperso de sistemas IA entre departamentos, con responsabilidades difusas.

Trazabilidad insuficiente para auditoría — actas en Word, evidencias en correos.

Plazos del Reglamento de IA solapados con obligaciones ENS y de actuación administrativa automatizada (Ley 40/2015 Art. 41).

Casos de uso típicos

Marcos regulatorios aplicables

Marcos primarios

Marcos transversales

Cadena de suministro de IA — su rol determina sus obligaciones

El Reglamento de IA distribuye obligaciones por rol (Arts. 16, 24, 26). En este sector cada uno aporta una pieza diferente al aseguramiento.

Proveedor (Art. 16)

El proveedor que licita debe entregar dossier técnico (Anexo IV) y marcado CE para cualquier sistema clasificado en Anexo III.

Integrador (Art. 24)

El integrador (consultora, UTE) carga con la conformidad del producto entregado y asume obligaciones bajo Art. 24.

Desplegador (Art. 26)

La AAPP que opera (Art. 26) debe verificar el marcado CE del proveedor, llevar análisis de impacto en derechos fundamentales y monitorizar el sistema en producción.

Una sola plataforma de Aseguramiento de IA — para todos los marcos que le apliquen.